1 - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Administración a los efectos de entender cumplida la obligación de notificación dentro del plazo máximo de duración de los procedimientos administrativos, será suficiente que la notificación contenga, cuando menos:
El texto íntegro de la resolución, así como el intento de notificación debidamente acreditado y la indicación de si pone o no fin a la vía administrativa.
El texto íntegro de la resolución, así como el intento de notificación debidamente acreditado.
El texto íntegro de la resolución, así como los recursos que puedan presentar, en su caso, y plazo para interponerlos.
El texto íntegro de la resolución, así como los recursos que puedan presentar, en su caso, plazo para interponerlos y el órgano ante el que hubieran de presentarse los recursos.
2 - De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 67.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los procedimientos de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, el derecho a reclamar prescribirá:
A los seis meses de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo.
Al año de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo.
Al mes de producido o el hecho o el acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo.
A los tres meses de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo.
3 - Según el artículo 85.3 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en un procedimiento sancionador, cuando se produce el reconocimiento de la responsabilidad por parte del infractor:
El órgano competente para instruir aplicará reducciones de al menos el 20% sobre el importe de la sanción propuesta.
El órgano competente para resolver aplicará reducciones de hasta un 50% sobre el importe de la sanción propuesta.
El órgano competente para iniciar aplicará reducciones de al menos el 50% sobre el importe de la sanción propuesta.
El órgano competente para resolver aplicará reducciones de al menos el 20% sobre el importe de la sanción propuesta.
4 - En la Administración local, la declaración de lesividad de un acto se efectúa, según se establece en el artículo 107.5 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas a través de:
El Presidente de la Corporación.
La Junta de Gobierno.
El Pleno.
El Secretario de la Corporación.
5 - De acuerdo con el artículo 109 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, es cierto que:
Las Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.
Las Administraciones Públicas podrán revocar, en cualquier momento, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.
Las Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no hayan caducado, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.
Las Administraciones Públicas podrán rectificar, mientras no hayan caducado, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal rectificación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.
6 - Según el artículo 26 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, tendrán la consideración de contratos privados:
Los celebrados por entidades del sector público que siendo poder adjudicador no reúnan la condición de Administraciones Públicas.
Los celebrados por entidades del sector público que reúnan la condición de poder adjudicador.
Los contratos de adquisición de programas de ordenador desarrollados a medida.
Los que tengan por objeto la adquisición de energía primaria o energía transformada.
7 - Según la Disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en lo referente a las competencias en materia de contratación en las Entidades Locales, quién es el órgano encargado de aprobar los pliegos de cláusulas administrativas particulares en el Ayuntamiento de Valladolid:
El Alcalde.
La Junta de Gobierno Local.
El Pleno.
La Junta de Contratación.
8 - Al expediente de contratación, a tenor del artículo 116 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público:
Se podrán incorporar el pliego de cláusulas técnicas y el de prescripciones administrativas particulares que hayan de regir el contrato.
Se incorporarán el pliego de cláusulas técnicas y el de prescripciones administrativas particulares que hayan de regir el contrato.
Se podrán incorporar el pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas que hayan de regir el contrato.
Se incorporarán el pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas que hayan de regir el contrato.
9 - A tenor de lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en los contratos menores la tramitación del expediente exigirá la emisión de un informe del órgano de contratación justificando de manera motivada la necesidad del contrato y que no se está alterando su objeto con el fin de evitar la aplicación de los umbrales definidos para este tipo de contratos, salvo en aquellos contratos cuyo pago se verifique a través del sistema de anticipos de caja fija u otro similar para realizar pagos menores, siempre y cuando el valor estimado del contrato no exceda de:
1.000 euros.
3.000 euros.
5.000 euros.
6.000 euros.
10 - En el artículo 116.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, se indica que la celebración de contratos por parte de las Administraciones Públicas requerirá la previa tramitación del correspondiente expediente que:
Se iniciará por el órgano de contratación motivando la necesidad del contrato en los términos previstos en el artículo 28 de esta Ley y que deberá ser publicado en la Plataforma de Contratación correspondiente.
Se iniciará por el órgano de contratación sin necesidad de motivar del contrato en los términos previstos en el artículo 28 de esta Ley y que deberá ser publicado en la Plataforma de Contratación correspondiente.
Se iniciará por el órgano de contratación sin necesidad de motivar del contrato en los términos previstos en el artículo 28 de esta Ley y que deberá ser publicado en el perfil de contratante.
Se iniciará por el órgano de contratación motivando la necesidad del contrato en los términos previstos en el artículo 28 de esta Ley y que deberá ser publicado en el perfil de contratante.