Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Administración a los efectos de entender cumplida la obligación de notificación dentro del plazo máximo de duración de los procedimientos administrativos, será suficiente que la notificación contenga, cuando menos:
El texto íntegro de la resolución, así como el intento de notificación debidamente acreditado y la indicación de si pone o no fin a la vía administrativa.
El texto íntegro de la resolución, así como el intento de notificación debidamente acreditado.
El texto íntegro de la resolución, así como los recursos que puedan presentar, en su caso, y plazo para interponerlos.
El texto íntegro de la resolución, así como los recursos que puedan presentar, en su caso, plazo para interponerlos y el órgano ante el que hubieran de presentarse los recursos.