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1 - En virtud de qué articulo denunciaría el hecho de que los jóvenes estuvieran alterando el orden en un establecimiento público:
En virtud del artículo 20.17 de la ley 13/99, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía.
En virtud del artículo 20.18 de la ley 13/99, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía.
En virtud del artículo 20.19 de la ley 13/99, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía.
En virtud del artículo 20.16 de la ley 13/99, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía.