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1 - Según el artículo 1 de la Ley Orgánica 1/2004 de medidas de protección integral contra la violencia de género, el objeto de la Ley:
La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, con convivencia.
Por esta Ley se establecen medidas de protección integral cuya finalidad es únicamente erradicar esta violencia.
La violencia de género a que se refiere esta Ley comprende todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de la libertad.
La violencia de género a que se refiere esta Ley no comprende la violencia que con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres se ejerza sobre sus familiares o allegados menores de edad.