Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - El Pleno de la Entidad local celebrará sesión extraordinaria:
Cuando así lo decida el Presidente o cualquier concejal con interés legítimo, sin que ningún concejal pueda solicitar más de tres anualmente.
Cuando así lo soliciten los concejales que representen la décima parte, al menos, del número legal de miembros de la Corporación.
Cuando así lo decida el Presidente de la Corporación.