Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - De conformidad con lo establecido en el artículo 26.4 de la Ley 1/2016, de 18 de enero, en relación a la solicitud de acceso a la información pública:
La persona solicitante no está obligada a motivar la solicitud de acceso a la información.
La persona solicitante debe motivar la solicitud y exponer de forma clara los motivos por los que solicita la información y estos podrán ser tenidos en cuenta cuando se dicte la resolución.
La persona solicitante podrá exponer los motivos por los que solicita la información, pero no serán tenidos en cuenta cuando se dicte la resolución.
La persona solicitante no esta obligada a motivar la solicitud, pero si está obligada a exponer los motivos por los que solicita la información y no deben ser tenidos en cuenta cuando se dicte resolución.