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1 - Según el artículo 183.1 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, el contacto con un menor de dieciséis años a través de tecnologías de la información con propuesta de encuentro para cometer delitos de los artículos 181 y 189 será castigado con pena de prisión de uno a tres años o multa de doce a veinticuatro meses, siempre que...
la propuesta se acompañe de actos materiales encaminados al acercamiento, quedando absorbidas las penas correspondientes a los delitos en su caso cometidos
la propuesta se acompañe de actos materiales encaminados al acercamiento, sin perjuicio de las penas correspondientes a los delitos en su caso cometidos
la propuesta se acompañe de actos materiales encaminados al acercamiento, sustituyéndose en todo caso las penas correspondientes a los delitos en su caso cometidos