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1 - Según la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, artículo 195.1, la conducta de no socorrer a una persona desamparada y en peligro manifiesto y grave, pudiendo hacerlo sin riesgo propio ni de terceros, se sanciona con pena de multa de…
de seis a dieciocho meses
de seis meses a cuatro años
de tres a doce meses