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1 - Según el artículo 446 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, cuando el juez o magistrado dicta, a sabiendas, una sentencia injusta contra el reo en causa criminal por delito grave o menos grave y dicha sentencia no llega a ejecutarse, la pena privativa de libertad prevista es de:
prisión de 1 a 4 años, con inhabilitación especial para empleo o cargo público de 10 a 20 años
prisión de 2 a 6 años, con inhabilitación absoluta de 10 a 20 años
prisión de 1 a 4 años, con inhabilitación absoluta de 10 a 20 años