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1 - Conforme al artículo 100.4 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, ¿qué exigencia se impone a los laboratorios fabricantes y mayoristas?
Contar con un Director Técnico farmacéutico o titulado superior suficientemente cualificado
Contar con un Director Técnico médico o titulado medio suficientemente cualificado
Contar con un Director Técnico farmacéutico o titulado medio específicamente habilitado