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1 - Conforme a la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, artículo 17, ¿a quién corresponde el mando supremo de la Policía Autónoma Vasca?
Al Gobierno del País Vasco, sin perjuicio de las competencias de Diputaciones Forales y Corporaciones Locales
Al Ministerio del Interior, sin perjuicio de las competencias de Diputaciones Forales y Corporaciones Locales
Al Delegado del Gobierno en el País Vasco, sin perjuicio de las competencias de Diputaciones Forales y Corporaciones Locales