Parte 6 - Tests del Real Decreto 485/1997, de 14 de abril

Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Según el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, ANEXO IV, 2.1.º, la señal acústica deberá tener un nivel sonoro superior al nivel de ruido ambiental, de forma que sea claramente audible, sin llegar a ser excesivamente molesto, y no deberá utilizarse una señal acústica cuando...
el nivel de ruido ambiental sea inferior a 85 dB(A)
la señal luminosa no resulte claramente visible
el ruido ambiental sea demasiado intenso
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2 - Según el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, Anexo IV, 2.º, el tono de la señal acústica o, en señales intermitentes, la duración, intervalo y agrupación de los impulsos deberán permitir ______________.
su correcta identificación y clara distinción frente a otras señales acústicas o ruidos ambientales
su reconocimiento inmediato por parte de todo trabajador con independencia de su formación previa
su percepción prioritaria frente a cualquier otra señal visual o acústica existente en el entorno
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3 - Según el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, Anexo IV, 2.º, en relación con las señales acústicas, se establece que no deberán utilizarse simultáneamente...
dos señales acústicas simultáneamente
dos señales acústicas de emergencia en un mismo puesto de trabajo
dos señales acústicas de distinta frecuencia en un mismo equipo
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4 - Según el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, Anexo IV, 3.º, si un dispositivo puede emitir señales acústicas variables o intermitentes, o continuas, se utilizarán las primeras para indicar...
un grado de peligro similar y una urgencia indiferenciada de la acción requerida
un mayor grado de peligro o una mayor urgencia de la acción requerida
un menor grado de peligro y una menor urgencia de la acción requerida
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5 - Según el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, Anexo IV, ¿cómo debe ser el sonido de una señal de evacuación? (art. Anexo IV)
Deberá ser intermitente
Deberá ser continuo
Deberá ser alterno y discontinuo
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6 - Según el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, Anexo IV.3.1.º, ¿qué característica esencial debe cumplir una señal luminosa o acústica al ponerse en marcha?
Debe indicar la finalización de una acción y mantenerse hasta que cese toda actividad
Debe indicar la necesidad de realizar una acción y mantenerse mientras persista dicha necesidad
Debe indicar la necesidad de evacuar y mantenerse hasta la desconexión manual del sistema
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7 - Según el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, ANEXO IV, 3.2.º, ¿cuándo debe comprobarse la eficacia y buen funcionamiento de las señales luminosas y acústicas?
Únicamente antes de su entrada en servicio, sin necesidad de pruebas periódicas posteriores
Antes de su entrada en servicio y posteriormente mediante pruebas periódicas necesarias
Exclusivamente mediante pruebas periódicas posteriores, sin verificación previa a su entrada en servicio
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8 - Según el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, Anexo IV, 3.º, las señales luminosas y acústicas intermitentes previstas para su utilización alterna o complementaria deberán emplear...
un código variable
un código diferenciado
idéntico código