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1 - Asociado a la Protección de Riesgos Laborales en jardinería, el almacenaje de productos combustibles o inflamables deberá realizarse:
En zonas específicas, separadas de las zonas de fabricación y bien ventiladas.
En zonas específicas, aunque no estén separadas de las zonas de fabricación ni bien ventiladas.
Sin exigencias de requisitos de ningún tipo
A una distancia superior a 50 km. del núcleo más próximo