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1 - ¿Cuándo se puede utilizar el procedimiento abierto simplificado, regulado en la Ley 9/2017, de 8 noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014?
En todos los contratos de suministros.
En los contratos de obras cuyo valor estimado sea superior a 2.000.000 euros.
En los contratos de servicios cuyo valor estimado sea igual o inferior a 100.000 euros.
En los contratos de obras cuyo importe de licitación sea igual a 2.000.000 euros.