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1 - En instalaciones de agua caliente sanitaria, ¿cuándo es obligatorio instalar una red de retorno según el CTE?:
Cuando la longitud de la tubería de ida al punto más alejado es mayor o igual a 15 metros.
Cuando la longitud de la tubería de ida al punto más alejado es mayor o igual a 25 metros.
Cuando la diferencia de temperatura entre la producción y el punto más alejado es mayor a 3ºC.
En instalaciones de producción centralizada, pero no en las de producción individual.