En el departamento de personal de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades se han planteado las siguientes cuestiones.
Doña C.M.G., personal laboral fijo incluido en el régimen general de la Seguridad Social, ha cumplido 65 años el 30 de diciembre de 2024 y tiene 39 años cotizados, por lo que la unidad de gestión de personal procede a extinguir de oficio la relación laboral de la trabajadora, declarando la jubilación obligatoria.
En la misma situación de edad y período cotizado se encuentra don E.A.F., con la salvedad de que es funcionario de carrera. Se procede a extinguir la relación de servicio de oficio.
Doña E.C.M., también funcionaria de carrera incluida en el régimen general de la Seguridad Social, cumplió el 31 de diciembre de 2024, 65 años teniendo acreditadas, según certificado de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, 38 años con el siguiente desglose:
Se procede a declarar de oficio la jubilación de la trabajadora.
Doña R.M.A.F., trabajadora laboral fija nacida el 2 de abril de 1960, solicitó el inicio de la jubilación parcial el 2 de julio de 2022, acreditando 43 años de cotización, suscribiéndose un contrato de relevo a tiempo parcial con doña B.S.G.
Don P.L.H., personal laboral fijo, se encuentra desde junio de 2024 en situación de “licencia dispensa total de asistencia al trabajo funciones sindicales” (liberado sindical), el citado trabajador está adscrito al centro gestor 15019 programa 466 A, nivel retributivo 5.
En la Consejería se ha producido los siguientes nombramientos:
En relación al texto, conteste a las siguientes preguntas: