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1 - De acuerdo con el artículo 21.4 del Decreto 42/2019, de 22 de marzo, del Consell, de regulación de las condiciones de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Generalitat, la celebración del matrimonio de un primo de un funcionario interino, a 376 km del municipio de residencia del funcionario, le supondrá el derecho al funcionario a disfrutar de:
1 día por la celebración del matrimonio.
2 días por la celebración del matrimonio por una distancia superior a 375 km del municipio de residencia del funcionario.
2 días por la celebración del matrimonio por una distancia superior a 375 km del municipio de residencia, sólo si fuera funcionario de carrera.
Ningún día de permiso.