1 - El Título X de la Constitución Española comienza con el:
Artículo 164.
Artículo 166.
Artículo 167.
Artículo 165.
2 - La iniciativa de reforma constitucional se ejercerá en los términos previstos:
En los apartados 3 y 4 del artículo 88.
En los apartados 1 y 2 del artículo 87.
En los apartados 2 y 3 del artículo 67.
En los apartados 1 y 2 del artículo 77.
3 - Según el artículo 167.1 de la Constitución Española. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados:
Por una mayoría de dos tercios de cada una de las Cámaras.
Por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras.
Por mayoría absoluta de cada una de las Cámaras.
Por mayoría simple de cada una de las Cámaras.
4 - Si en el proyecto de reforma constitucional no hubiere acuerdo entre ambas Cámaras, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria:
De Diputados, Senadores y miembros del Tribunal Supremo.
De Diputados y Senadores.
De Diputados, Senadores y miembros del Gobierno.
De Diputados, Senadores y miembros del Gobierno y del Tribunal Supremo.
5 - Respecto a la pregunta anterior. Estos presentarán un texto que será votado por:
El Congreso y el Senado.
Los miembros del Tribunal Constitucional.
El Gobierno.
El Consejo General del Poder Judicial.
6 - Respecto a la pregunta anterior. De no lograrse la aprobación mediante este procedimiento, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable:
De la mayoría simple del Senado, el Congreso, por mayoría de tres quintos, podrá aprobar su reforma.
De la mayoría absoluta del Gobierno, el Consejo General del Poder Judicial, por mayoría simple, podrá adoptar la reforma.
De la mayoría absoluta del Senado, el Congreso, por mayoría de dos tercios, podrá aprobar la reforma.
De la mayoría absoluta del Congreso, el Senado, por mayoría de dos tercios, podrá aprobar la reforma.
7 - ¿Quién aprobará la reforma constitucional?
El Congreso de los Diputados.
El Senado.
El Rey.
Las Cortes Generales.
8 - Una vez aprobada la reforma constitucional, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten:
Dentro de los cincos días siguientes a su aprobación, una quinta parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.
Dentro de los diez días siguientes a su aprobación, una tercera parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.
Dentro de los veinte días siguientes a su aprobación, una octava parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.
Dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.
9 - Según el artículo 168.1 de la Constitución Española. ¿Cuándo se procedería a la disolución inmediata de las Cortes?
Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución.
Cuando se propusiere la revisión parcial que afecte al Título IV de la Constitución.
Cuando se propusiere la revisión parcial que afecte al Título III de la Constitución.
Todas las respuestas anteriores son correctas.
10 - Respecto a la pregunta anterior y tal y como procede en el citado artículo, se procederá a la aprobación del principio por: