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1 - Según la ITC-BT-05 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión “Verificaciones e inspecciones”, serán objeto de inspecciones periódicas:
Cada 5 años, todas las instalaciones eléctricas en baja tensión que precisaron inspección inicial, y cada 10 años, las comunes de edificios de viviendas de potencia total instalada superior a 100 kW.
Cada 3 años, todas las instalaciones eléctricas en baja tensión que precisaron inspección inicial, y cada 10 años, las comunes de edificios de viviendas de potencia total instalada superior a 100 kW.
Cada 3 años todas las instalaciones eléctricas en baja tensión que precisaron inspección inicial, y cada 5 años, las comunes de edificios de viviendas de potencia total instalada superior a 100 kW.
Cada 5 años, todas las instalaciones eléctricas en baja tensión que precisaron inspección inicial, y cada 10 años, las comunes de edificios de viviendas de potencia total instalada superior a 25 kW.