1 - Indique cuál de los siguientes actos es anulable:
El que incurra en desviación de poder.
El que tenga un contenido imposible.
El que se dicte prescindiendo total y absolutamente del procedimiento.
El que lesione un derecho susceptible de amparo.
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2 - ¿Cuándo excepcionalmente puede otorgarse eficacia retroactiva a los actos?
Cuando se dicten en sustitución de actos anulados.
Cuando se dicten en sustitución de actos anulados y produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hechos necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y esta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas.
Cuando se dicten en sustitución de actos anulados y produzcan efectos desfavorables al interesado, siempre que los supuestos de hechos necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y esta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas.
Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.
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3 - Según el art. 54 de la ley 39/2015 los procedimientos podrán iniciarse:
De oficio o a solicitud del interesado.
De oficio.
A solicitud del interesado.
Ninguna es correcta.
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4 - Respecto a la identificación de los interesados, a partir de la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, ¿Cómo se identifican estos ante las Administraciones Públicas?
Todos los interesados están obligados a identificarse ante las Administraciones Públicas por medios electrónicos.
Sólo a través de funcionario público mediante el uso de firma electrónica del que esté dotado para ello, previa identificación ante el funcionario y prestación expresa de consentimiento para la actuación.
Los interesados no están obligados a identificarse ante las Administraciones Públicas en el procedimiento administrativo.
Todas son incorrectas.
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5 - Señale la respuesta incorrecta. Según el art. 114 de la Ley 39/2015, ponen fin a la vía administrativa:
Las resoluciones de los recursos de alzada.
La resolución administrativa de los procedimientos de responsabilidad patrimonial.
Los acuerdos, pactos, convenios o contratos que tengan la consideración de finalizadores del procedimiento.
Las resoluciones de los recursos de extraordinarios de revisión.
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6 - Si la norma reguladora del procedimiento no fija el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa, éste será, de acuerdo con la Ley 39/2015, de:
6 meses.
4 meses.
3 meses.
2 meses.
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7 - Según la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas, tienen la condición de interesados aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución, siempre que:
Paguen las tasas que establece la propia Ley.
Se constituyan previamente como asociación de afectados.
Se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva.
Lo manifiesten y reclamen ante los juzgados de lo contencioso-administrativo.
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8 - Si el órgano competente apreciase que la notificación por medio de anuncios o la publicación de un acto lesiona derechos o intereses legítimos:
Se limitará a publicar en el Diario oficial que corresponda una somera indicación del contenido del acto y del lugar donde los Interesados podrán comparecer, en el plazo que se establezca, para conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto y constancia de tal conocimiento.
Le corresponderá publicar en el Diario oficial que corresponda una extensa indicación del contenido del acto y del lugar donde los interesados podrán comparecer, en el plazo que se establezca, para conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto y constancia de tal conocimiento.
Se limitará a publicar en el Diario oficial que corresponda una extensa indicación del contenido del acto y del lugar donde los interesados podrán comparecer, en el plazo que se establezca, para conocimiento del contenido parcial del mencionado acto y constancia de tal conocimiento.
Se limitará a publicar en el Diario oficial que corresponda una somera indicación del contenido del acto y del lugar donde los interesados podrán comparecer, en el plazo que se establezca, para conocimiento del contenido parcial del mencionado acto o constancia de tal conocimiento.