Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - En base al artículo 19 del Decreto 68/2007, de 14 de junio, el grado o nivel de dependencia será revisable por las siguientes causas:
Por mejoría o empeoramiento de la situación de dependencia; por error de diagnóstico o en la aplicación del correspondiente baremo.
Por empeoramiento de la situación de dependencia; por error de diagnóstico o en la aplicación del correspondiente baremo.
Las revisiones las marcará de oficio la Consejería.
No hay cabida a las revisiones.