Detección de los problemas presentados y tipos de solicitud.
Facilitar el proceso de toma de decisiones para mejorar y/o modificar un programa o proyecto.
Servir de base para acciones concretas conforme a un determinado proyecto.
Determinar la acción para conseguir un cambio.
2 - . Elemento esencial de la planificación es:
Definición de los objetivos.
Evaluación de las actividades.
Delimitación del área de trabajo.
Estudio de las variables y condicionantes que actúan en el problema.
3 - . El concepto Planificación se utiliza de forma más apropiada para un:
Nivel Micro social.
Nivel Macro social.
Nivel Social.
Todas las anteriores son falsas.
4 - . Los niveles operacionales de la planificación son:
Plan, Programa y Proyecto.
Programa, Proyecto y Actividad.
Plan, Programa, Proyecto, Actividad y Tarea.
Proyecto, Actividad, Tarea y Nivel.
5 - . El documento que recoge las anotaciones cronológicas, las actuaciones y las interpretaciones que hacen referencia al caso es:
La Ficha Social.
La Historia Social.
El Informe Social.
La Hoja de Derivación.
6 - . El Soporte documental e instrumento de trabajo en el que se registra la información en forma susceptible de ser ordenada, entresacada y almacenada es:
La Ficha Social.
La Historial Social.
El Informe Social.
La Hoja de Derivación.
7 - . El Trabajador Social durante la entrevista debe:
Saber hablar.
Saber escuchar.
Saber estar.
Todas son falsas.
8 - . La investigación diagnóstica descriptiva incluye:
Proceso de toma de decisiones.
Formulación de hipótesis, operacionalizacion de variables y marco teórico.
Utilización racional de los recursos.
Priorización de la eficacia de los resultados conseguidos.
9 - . El diagnostico tiene por finalidad:
Servir de base para acciones concretas conforme a un determinado proyecto.
Marcar referencias operativas que orienten las decisiones de cada día y a elección de los procedimientos específicos.
Medir los resultados de un programa e relación a los objetivos iniciales.
Todas son falsas.
10 - . El Decreto sobre Registro de los Titulares de Actividades de Acción Social y de Registro y Autorización del Funcionamiento de los Servicios y Centros de Acción Social, en la Comunidad Valenciana tiene por objeto:
Establecer las normas de ordenación de las entidades, servicios y centros que intervienen en la prestación de servicios sociales en la Comunidad Valenciana así como la adecuación a las misma de las entidades y servicios de mediación.
Regular la utilización y el procedimiento para el otorgamiento de Tarjetas de Estacionamiento.
Regular y estructurar el sistema público de Servicios Sociales en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
Establecer las normas de ordenación de las entidades, servicios y centros de organizaciones sin ánimo de lucro.
11 - . En el Registro General de los titulares de actividades , de servicios y centros de acción social se inscribirán:
Las Organizaciones No gubernamentales.
Administraciones Publicas.
Las personas físicas, o jurídicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, titulares de servicios y servicios y centros de acción social autorizados.
Ninguna de las anteriores es correcta.
12 - . La inscripción de los servicios y centros de acción social en el Libro de Registro de Servicios y en el Libro de Registro de Centros, se realizara :
A instancia de parte.
De oficio.
De oficio y a instancia de parte.
Ninguno es correcto.
13 - . La acción protectora del sistema de la Seguridad Social comprende:
El asesoramiento y asistencia social, psicológica y de otros tipos.
La capacitación de actividades de autocuidado.
El apoyo familiar.
Las prestaciones de servicios sociales que puedan establecerse en materia de formación y rehabitación de personas con discapacidad.
14 - . La inscripción de las entidades o personas físicas que lleven a cabo su actividad en el ámbito de la acción social en el Registro de los Servicios y Centros de Acción Social en la Comunidad Valenciana se realizará:
A Instancia de la Conselleria de Bienestar Social.
A Instancia de las personas físicas o jurídicas.
A Instancia del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
A Instancia del Ministerio de Justicia.
15 - . La acción protectora del sistema de la Seguridad Social comprenderá las siguientes prestaciones económicas: