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1 - La Ley Foral 17/2010, de 8 de Noviembre, de derechos y deberes de las personas en materia de salud en la Comunidad Foral de Navarra, en su Artículo 10 regula que las personas internadas involuntariamente ostentan uno de los siguientes derechos:
A comunicarse exclusivamente con su abogado.
A recibir visitas sin limitación alguna.
A comunicarse con su abogado, familiares o cualquier autoridad administrativa o judicial.
A comunicarse exclusivamente con los profesionales que le atienden.