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1 - La resolución de las discrepancias que en materia de empadronamiento surjan entre los ayuntamientos, diputaciones provinciales, cabildos y consejos insulares o entre estos entes y el Instituto Nacional de Estadística, corresponderá:
Al Consejo de Empadronamiento.
Al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
A los juzgados de lo Contencioso-Administrativo.
Al Presidente del Instituto Nacional de Estadística.