Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Según se establece en el art. 13.3 de la Ley 17/2017, de Coordinación de Policías Locales de la Comunitat Valenciana, de todos los acuerdos que adopten los consejos supramunicipales se deberá dar cuenta a:
A la Comisión de Coordinación de las Policías Locales de la Comunitat Valenciana.
Al Gabinete Técnico de Coordinación de Policías Locales de la Comunitat Valenciana.
A la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias.
A los organismos reflejados en las respuestas a y c.