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1 - El artículo 26 de la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio, del Poder Judicial, atribuye el ejercicio de la potestad jurisdiccional a los siguientes Juzgados y Tribunales:
Juzgados de Paz, Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, de lo Mercantil, de Violencia sobre la Mujer, de lo Penal, de lo Contencioso-Administrativo, de lo Social, de Menores y de Vigilancia Penitenciaria.
Audiencias Provinciales, Tribunales superiores de Justicia, Audiencia Nacional, Tribunal Supremo.
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