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1 - Según el Estatuto de los Trabajadores, cuando el despido de un trabajador sea declarado improcedente, el empresario, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, podrá optar entre la readmisión del trabajador o el abono de una indemnización equivalente a:
33 días de salario por año de servicio.
40 días de salario por año de servicio.
30 días de salario por año de servicio.
20 días de salario por año de servicio.