Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Se consideran como actividades nocivas, lo que tendrá consecuencias en la tramitación de los correspondientes expedientes de concesión de licencia:
Las que tengan por objeto fabricar, manipular, expender o almacenar productos susceptibles de originar riesgos graves.
Las que den lugar a desprendimiento o evacuación de productos que puedan resultar directa o indirectamente perjudiciales para la salud humana.
Las que puedan ocasionar daños a la riqueza agrícola, forestal, pecuaria o piscícola.
Las que constituyan una incomodidad por los ruidos o vibraciones que produzcan o por los humos, gases, olores, nieblas, polvo en suspensión o sustancias que eliminen.