Examen parte 5 Policía Local Ayuntamiento de Pontevedra 2019

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1 - El que adquiera, posea, utilice, convierta o trasmita bienes, sabiendo que éstos tienen su origen en una actividad delictiva, cometida por él o por cualquiera tercera persona, o realice cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito cometerá un delito de:
Apropiación indebida.
Blanqueo de capitales.
Receptación.
Corrupción en los negocios.
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2 - El que sustrae una cosa mueble ajena habiendo inutilizado, por cualquier medio, los dispositivos de alarma o seguridad instalados en la cosa sustraída comete:
Un delito de robo con fuerza en las cosas.
Un delito de robo con fuerza en las cosas y un delito de daños dolosos.
Un delito de hurto castigado con pena de prisión de 1 a 3 años.
Un delito de hurto.
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3 - La autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, recibiere o solicitare, por sí o por persona interpuesta, dádiva, favor o retribución de cualquier clase o aceptare ofrecimiento o promesa para realizar un acto propio de su cargo cometerá un delito de:
Cohecho activo propio.
Cohecho pasivo propio.
Cohecho activo impropio.
Cohecho pasivo impropio.
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4 - La autoridad o funcionario público que exigiere, directa o indirectamente, derechos, tarifas por aranceles o minutas que no sean debidas o en cuantía mayor a la legalmente señalada cometerá un delito de:
Estafa.
Tráfico de influencias.
Exacciones ilegales.
Negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y de los abusos en el ejercicio de su función.
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5 - Según el artículo 432.3 de la Ley Orgánica 10/2005, de 23 de noviembre, del Código Penal referido a la malversación se impondrá la pena prevista en su mitad superior, pudiéndose llegar hasta la superior en grado si el valor del perjuicio causado o de los bienes o efectos apropiados excediere de:
600.000 €.
250.000 €.
50.000 €.
4.000 €.
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6 - Según el artículo 530 de la Ley Orgánica 10/2005, de 23 de noviembre, del Código Penal la autoridad o funcionario público que, mediando causa por delito, acordare, practicare o prolongare cualquier privación de libertad de un detenido preso o sentenciado, con violación de los plazos o demás garantías constitucionales o legales, será castigado con:
Pena de inhabilitación absoluta de 6 a 10 años.
Pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de 6 a 10 años.
Pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de 4 a 8 años.
Pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de 2 a 6 años.
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7 - Los hechos descritos en el artículo 550 de la Ley Orgánica 10/2005, de 23 de noviembre, del Código Penal serán castigadas cuando se cometan contra:
La autoridad, sus agentes o funcionarios públicos.
La autoridad, sus agentes, funcionarios públicos o personal de seguridad privada debidamente identificado.
La autoridad, sus agentes, funcionarios públicos, bomberos o miembros del personal sanitario o equipos de socorro en el ejercicio de sus funciones.
La autoridad, sus agentes, funcionarios públicos o contra un miembro de las Fuerzas armadas que, vistiendo uniforme, estuviera prestando servicio que hubiera sido legalmente establecido.
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8 - El art. 368 del Código Penal dispone que serán castigados los que ejecuten actos de:
Cultivo, fabricación, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines.
Cultivo, fabricación, transporte, distribución o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines.
Cultivo, fabricación, elaboración, distribución o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines.
Cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines.
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9 - Según el acuerdo del pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 19 de octubre de 2001, cuál de las siguientes cantidades de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, no se considera de notoria importancia:
Heroína 400 g.
Hachís 2,8 Kg.
L.S.D. 500 mg.
Clorhidrato de cocaína 500 gr.
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10 - A los efectos del art. 380 CP se reputará manifiestamente temeraria la conducción en la que concurrieren las circunstancias:
Conducir a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente o hacerlo con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.
Conducir a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente y hacerlo con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.
Conducir a velocidad superior en setenta kilómetros por hora en vía urbana o en noventa kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente o hacerlo con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.
Conducir a velocidad superior en ochenta kilómetros por hora en vía urbana o en cien kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente y hacerlo con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.
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11 - La Orden que regula el control metrológico del Estado de los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, define como Cinemómetros por efecto Doppler:
Los cinemómetros que utilizan haces de luz en la región visible o infrarroja del espectro electromagnético.
Los cinemómetros que utilizan cables u otros dispositivos que van colocados sobre la calzada de tal manera que, cuando un vehículo cruza a través de él se produce algún cambio en sus propiedades físicas.
Los cinemómetros que utilizan un transmisor y receptor de onda continúa en la banda de las microondas.
Ninguna de las anteriores es correcta.
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12 - Cuál es la Orden que regula el control metrológico del Estado de los instrumentos destinados a medir la concentración de alcohol en el aire espirado:
Orden FOM/3053/2008, de 23 de septiembre.
Orden ITC/3123/2010, de 26 de noviembre.
Orden ITC/3707/2006, de 22 de noviembre.
Orden ITC/3748/2006, de 22 de noviembre.
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13 - En función de su naturaleza y duración, la prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de seis meses a cinco años, es una pena:
Muy grave.
Grave.
Menos grave.
Leve.
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14 - El artículo 65.3 del Código Penal dispone que cuando en el inductor o en el cooperador necesario no concurran las condiciones, cualidades o relaciones personales que fundamentan la culpabilidad del autor, los jueces o tribunales podrán imponer la pena:
Inferior en uno o dos grados a la señalada por la ley para la infracción de que se trate.
Inferior en grado a la señalada por la ley para la infracción de que se trate.
La pena en la mitad inferior a la señalada por la ley para la infracción de que se trate.
La pena en la mitad superior a la señalada por la ley para la infracción de que se trate.
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15 - En el procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos:
No será necesaria la citación ante el Juzgado de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que hubieren intervenido en el atestado cuando su declaración conste en el mismo.
Será necesaria la citación ante el Juzgado de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que hubieren intervenido en el atestado aun cuando su declaración conste en el mismo.
Cabe recurso de reforma frente al auto de incoación de diligencias urgentes.
Ante la falta de comparecencia del imputado a la citación policial ante el Juzgado de Guardia, no podrá éste ordenar su detención.
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16 - La autoridad o funcionario público que, fuera de los casos permitidos por la ley, y sin mediar causa por delito, cometiere alguno de los hechos descritos en el Capítulo de las detenciones ilegales y secuestros, será castigado con las penas respectivamente previstas en éstos, y además:
La pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de dos a seis años.
La pena de suspensión de empleo o cargo público de tres meses a seis años.
La pena de inhabilitación absoluta por tiempo de seis a ocho años.
La pena de inhabilitación absoluta por tiempo de ocho a doce años.