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1 - Según la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el recurso de alzada podrá interponerse:
Ante el órgano que dictó el acto que se impugna.
Ante el órgano competente para resolver el acto que se impugna.
Ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el competente para resolverlo.
Ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo.