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1 - De acuerdo con el artículo 26 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (en adelante LGP), la programación presupuestaria se regirá, entre otros, por los principios de:
Ajuste a la anualidad corriente y eficacia de los programas que se vayan a financiar con carácter plurianual.
Elaboración en base cero y sostenibilidad del gasto público.
Adecuación entre ingresos y gastos y universalidad de estos últimos.
Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos y lealtad institucional.