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1 - El Real Decreto 366/2007, de 16 de marzo, por el que se establecen las condiciones de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad en sus relaciones con la Administración General del Estado, dispone que se consideran medios preferentes de relación con los ciudadanos, que deben cumplir las condiciones de accesibilidad:
Cualquier dependencia administrativa.
Las Oficinas de Atención al Ciudadano exclusivamente.
Las Oficinas de Atención al Ciudadano y los modelos normalizados.
Las Oficinas de Atención al Ciudadano y las Oficinas de Inspección de Servicios.