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1 - Según el Decreto 35/2021 de 26 de febrero, de regulación del acogimiento familiar, las modalidades de acogimiento familiar en atención a las características particulares o específicas de la persona acogida y de la familia acogedora son:
Especializado y Profesionalizado.
Urgencia, temporal y permanente.
Temporal y permanente.
Ninguna de las anteriores.