Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas no podrán presentarse:
En las oficinas de consulta en materia de presentación de escritos.
En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la ley de procedimiento administrativo.