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1 - De acuerdo con la Orden de 16 de abril de 2015, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, qué debe hacer una trabajadora o trabajador Social de un hospital, que atiende a una persona de 66 años que precisa alojamiento permanente para hacer efectiva el alta hospitalaria y detecta que se encuentra en” situación de riesgo de exclusión social”:
Efectuará la valoración social, realizará declaración de riesgo y solicitud de plaza residencial a la Dirección Provincial del IASS que corresponda.
Efectuará la valoración social, realizará declaración de riesgo y solicitará valoración de dependencia e ingreso preferente en centro residencial, a la Dirección Provincial del IASS que corresponda.
Efectuará la valoración social y realizará declaración de riesgo y solicitud de plaza residencial al Servicio de Centros y Acción Concertada de la Gerencia del IASS.
Informará al servicio social general que corresponda a fin de que este inicie el oportuno procedimiento.