Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - De acuerdo al art. 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo común, la comunicación:
Podrá presentarse dentro de un plazo posterior al inicio de la actividad cuando la legislación correspondiente lo prevea expresamente.
No podrá presentarse en ningún caso con posterioridad al inicio de la actividad.
Podrá presentarse dentro de un plazo posterior al inicio de la actividad cuando se refiera a obras menores.
No podrá presentarse con posterioridad al inicio de actividad si no va acompañada del simultáneo abono de la sanción correspondiente.