Test 9 R.D.L 2/2004, de 5 de marzo (colecc. 2023)

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1 - De conformidad con el art. 197 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Las entidades locales podrán concertar los servicios financieros de su tesorería con entidades de crédito y ahorro, mediante la apertura de los siguientes tipos de cuentas:
Cuentas restringidas de recaudación y pagos.
Cuentas operativas de ingresos y pagos.
Cuentas financieras de colocación de excedentes de tesorería.
Todas son correctas.
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2 - El ejercicio presupuestario, según lo dispuesto en el artículo 163 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, coincidirá con:
El año natural.
El periodo que abarca desde el 1 de febrero al 31 de enero.
El periodo anual a contar desde la entrada en vigor del presupuesto.
El periodo que determine el Pleno de la Corporación, la cual ostenta competencias para la aprobación del presupuesto y fijación del ámbito temporal del mismo.
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3 - A los efectos del art. 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, no tendrán la consideración de interesados para reclamar contra acuerdos provisionales de aprobación de ordenanzas fiscales:
Las asociaciones y demás entidades legalmente constituidas para velar por los intereses profesionales, económicos o vecinales, cuando actúen en defensa de los que les son propios.
La cámara oficial de comercio e industria de la localidad.
La subdelegada del gobierno.
Los colegios oficiales de profesionales.
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4 - Según el art.21 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, las entidades locales no podrán exigir tasas por:
Enseñanzas especiales en establecimientos docentes de las entidades locales.
Vertido y desagüe de canalones y otras instalaciones análogas en terrenos de uso público local.
Documento expedido por la administración a instancia de parte.
Limpieza de la vía pública.
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5 - De conformidad con el art. 195 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Las disponibilidades de la tesorería y sus variaciones quedan sujetas:
A intervención por auditoria del Banco de España.
A intervención y al régimen de la contabilidad pública.
A intervención del Banco Central Europeo.
Todas son correctas.
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6 - Los Presupuestos Generales de las Entidades Locales constituyen, de acuerdo con el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:
La expresión de las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la Entidad y sus Organismos Autónomos.
La expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la Entidad y sus Organismos Autónomos.
La expresión cifrada, general y sistemática de las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la Entidad y su Organismo Autónomos.
La Expresión contable, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la Entidad y sus Organismos Autónomos.
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7 - La vigente Ley Reguladora de las Haciendas Locales fue aprobada por:
Real Decreto Legislativo 2/2003, de 5 de marzo.
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Ley 39/1989, de 29 de diciembre.
Ley 39/1989, de 28 de diciembre.
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8 - De conformidad con el art. 175 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los créditos para gastos que el último día del ejercicio presupuestario no estén afectados al cumplimiento de obligaciones ya reconocidas:
Quedarán anulados de pleno derecho, con algunas excepciones que se señalan en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Forman parte del Remanente de Tesorería, con algunas excepciones que se señalan en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Quedarán anulados de pleno derecho sin excepciones.
Deberán ser incorporados al ejercicio inmediato siguiente.
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9 - De acuerdo con el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los Ayuntamientos exigirán, de acuerdo con esta ley y las disposiciones que la desarrollan, los siguientes impuestos:
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el Impuesto sobre Actividades Económicas y el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Con carácter voluntario, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, y el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Ninguna de las anteriores es correcta.
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10 - Con respecto a las Ordenanzas Fiscales que aprueba cada Entidad Local, el Art. 17 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, dispone que:
Las entidades locales habrán de expedir copias de las ordenanzas fiscales publicadas a los interesados que las demanden.
Las entidades locales podrán de expedir copias de las ordenanzas fiscales publicadas a los interesados que las demanden.
Las entidades locales habrán de expedir copias de las ordenanzas fiscales publicadas a quienes las demanden.
Todas son correctas.