Test 4 - Código Deontológico de Trabajo Social

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1 - En cuanto al uso de información y documentación profesional, el Código Deontológico exige:
Compartir los informes con cualquier persona interesada si lo solicita, siempre y cuando tenga intereses legítimos, respetando la confidencialidad.
Elaborar registros solo cuando haya un conflicto con la persona usuaria.
Registrar y custodiar la información de forma veraz, pertinente y segura, respetando la confidencialidad.
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2 - Según el Código Deontológico, ¿cómo debe actuar el/la trabajador/a social ante situaciones de discriminación o vulneración de derechos?
Denunciar y actuar profesionalmente, previo consentimiento de la persona usuaria, para prevenir, reducir y erradicar la discriminación y la vulneración de derechos.
Denunciar y actuar profesionalmente para prevenir, reducir y erradicar la discriminación y la vulneración de derechos.
Intervenir solo si la persona usuaria lo solicita por escrito.
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3 - En relación con el consentimiento informado, el Código Deontológico establece que el/la trabajador/a social debe:
Obtenerlo siempre que sea posible, tras informar de objetivos, procedimientos, límites y posibles consecuencias de la intervención.
Prescindir de él si la intervención es beneficiosa.
Ignorarlo siempre que sea posible, tras informar de objetivos, procedimientos, límites y posibles consecuencias de la intervención.
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4 - ¿Qué criterio debe guiar la coordinación con otros/as profesionales o servicios?
Compartir toda la información, siempre y cuando sea solicitada, respetando la confidencialidad y la finalidad profesional.
Evitar la coordinación para proteger el secreto profesional.
Compartir únicamente la información necesaria y pertinente, respetando la confidencialidad y la finalidad profesional.
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5 - ¿Qué indica el Código Deontológico sobre la publicidad o difusión de servicios profesionales?
Puede incluir promesas de resultados garantizados para atraer usuarios.
Debe ser veraz, prudente y no engañosa, evitando el intrusismo y la competencia desleal.
Debe centrarse en desacreditar a otros profesionales para diferenciarse.
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6 - Ante una orden institucional que contradiga principios éticos o vulnere derechos, el/la trabajador/a social debe:
Plantear objeción y buscar vías profesionales y legales para reconducir la actuación, priorizando los derechos de las personas.
Plantear objeción y buscar vías profesionales y legales para reconducir la actuación, menoscabando los derechos de las personas.
Plantear objeción y buscar vías interprofesionales y legales para reconducir la actuación, menoscabando los derechos de las personas.
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7 - Según el Código Deontológico, ¿qué debe evitar el/la trabajador/a social en el ejercicio profesional?
Aceptar regalos, favores o beneficios que puedan condicionar su criterio o generar trato de favor.
Coordinarse con otros recursos comunitarios.
Informar a la persona usuaria de sus derechos.
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8 - En relación con la participación de las personas usuarias en la intervención, el Código Deontológico promueve:
Que la planificación se realice exclusivamente por el/la profesional para asegurar la eficacia y la coordinación.
La participación activa de la persona usuaria en la definición de objetivos y en la toma de decisiones.
Que la persona usuaria participe solo en la fase final de evaluación.
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9 - ¿Qué establece el Código Deontológico sobre el respeto a la diversidad (cultural, religiosa, sexual, etc.)?
Debe respetarse y considerarse en la intervención, evitando prejuicios y estereotipos.
Debe ignorarse para tratar a todas las personas exactamente igual.
Debe valorarse solo si coincide con los valores del/de la profesional.
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10 - ¿Cómo debe actuar el/la trabajador/a social respecto a la evaluación de su intervención?
Evaluar de forma sistémica y responsable los procesos y resultados para equilibrar la calidad de la intervención.
Evaluar de forma sistemática y responsable los procesos y resultados para mejorar la calidad de la intervención.
Evaluar únicamente cuando lo exija la dirección del centro.