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1 - A tenor del artículo 67 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados solo podrán solicitar el inicio de un procedimiento de responsabilidad patrimonial, cuando no haya prescrito su derecho a reclamar ¿Cuándo prescribirá el derecho a reclamar?
Al mes de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo.
A los tres meses de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo.
Al año de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo.
A los dos años de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo.