Parte 11 - Examen Técnico/a Superior Administración General Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón 14/10/2024

1 - A quienes se encuentren en situación de excedencia por cuidado de familiares:
No les será computable el tiempo que permanezcan en tal situación a efectos de carrera, trienios y derechos en el Régimen de la Seguridad Social que les sea de aplicación.
No devengarán retribuciones.
No tendrá reserva de puesto de trabajo.
2 - Conforme señala el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, las retribuciones complementarias son las que:
Retribuyen al funcionario según la adscripción de su cuerpo o escala a un determinado Subgrupo o grupo de clasificación profesional.
Retribuyen las características de los puestos de trabajo, carrera profesional o el desempeño, rendimiento o resultados alcanzados por el funcionario.
Retribuyen la participación en tribunales de oposiciones y concursos.
3 - Es causa de pérdida de la condición de funcionario de carrera:
La incapacidad temporal del funcionario.
La sanción disciplinaria de separación del servicio que tuviere carácter firme.
La jubilación parcial del funcionario.
4 - Respecto a los servicios prestados en el segundo puesto o actividad, señale la correcta:
Computarán a efectos de trienios y de derechos pasivos.
Podrán percibirse en los dos puestos las pagas extraordinarias y las prestaciones de carácter familiar.
Las respuestas a) y b) son incorrectas
5 - El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 5 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público establece que las cantidades destinadas a financiar aportaciones a planes de pensiones o contratos de seguros tendrán a todos los efectos la consideración de:
Retribución complementaria.
Retribución diferida.
Complemento de productividad.
6 - Según establece el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, ¿qué se entiende como asistencia?:
La colaboración con carácter no permanente ni habitual en institutos, escuelas o unidades de formación y perfeccionamiento del personal al servicio de las Administraciones públicas.
El desplazamiento dentro del término municipal por razón de servicio.
Los cometidos especiales que circunstancialmente se ordenen al personal y que deba desempeñar dentro del término municipal.
7 - Según establece la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Pública, quedan exceptuadas del régimen de incompatibilidad (señala la incorrecta):
La dirección de seminarios o el dictado de cursos o conferencias en Centros oficiales destinados a la formación de funcionarios o profesorado, cuando no tenga carácter permanente o habitual ni supongan más de setenta y cinco horas al año.
La participación superior al 10 por 100 en el capital de las Empresas o Sociedades a que se refiere el párrafo anterior.
La participación ocasional en coloquios y programas en cualquier medio de comunicación social.
8 - La resolución de las pruebas selectivas y los correspondientes nombramientos deberán efectuarse por:
El tribunal.
El Presidente de la Corporación de acuerdo con la propuesta del Tribunal.
El Presidente del tribunal de acuerdo con la propuesta del Tribunal que tendrán carácter vinculante.
9 - Serán objeto de negociación, en su ámbito respectivo y en relación con las competencias de cada Administración Pública y con el alcance que legalmente proceda en cada caso:
Las propuestas sobre derechos sindicales y de participación.
La determinación de condiciones de trabajo del personal directivo.
La regulación y determinación concreta, en cada caso, de los sistemas, criterios, órganos y procedimientos de acceso al empleo público y la promoción profesional.
10 - Los miembros de las Juntas de Personal y los Delegados de Personal, en su caso, como representantes legales de los funcionarios, dispondrán en el ejercicio de su función representativa de las siguientes garantías y derechos:
La audiencia en los expedientes disciplinarios a que pudieran ser sometidos sus miembros durante los dos años inmediatamente posteriores a su mandato.
La acumulación de los créditos horarios previa comunicación a la Junta de Personal.
La distribución libre de las publicaciones que se refieran a cuestiones profesionales y sindicales