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1 - El conserje responsable del cierre de las dependencias:
Deberá revisar personalmente los despachos de los jefes de servicios y directores generales, cerrando puertas y ventanas, desconectando aparatos eléctricos que se le hayan encomendado y poniendo en funcionamiento el sistema de alarma.
Deberá revisar personalmente todo el edificio, cerrando puertas y ventanas, desconectando los aparatos eléctricos que se le hayan encomendado y poniendo en marcha el sistema de alarma.
Consultará con el personal de seguridad para comprobar si están ocupados los despachos, activando posteriormente el sistema de alarma, en su caso.
Deberá efectuar llamadas telefónicas a los despachos para comprobar si están ocupados y, posteriormente, desconectar los aparatos eléctricos y activar los sistemas de alarma.