Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Conforme a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las unidades administrativas a las que se les atribuyan funciones que tengan efectos jurídicos frente a terceros, o cuya actuación tenga carácter preceptivo, tendrán la consideración de:
Poderes públicos.
Órganos superiores.
Unidades vinculantes.
Órganos administrativos.