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1 - Corresponde a los órganos superiores de la Administración General del Estado, según lo dispuesto en el artículo 55 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público:
Establecer los planes de actuación de la organización situada bajo su responsabilidad.
Establecer los planes de actuación de la organización situada bajo su responsabilidad, así como su desarrollo y ejecución.
El desarrollo y ejecución de los planes de actuación de la organización.
La evaluación de la gestión realizada por el órgano directivo competente, sin perjuicio del control establecido por la Ley General Presupuestaria.