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1 - Conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, contra la aprobación definitiva del presupuesto de una entidad local de régimen común podrá interponerse directamente:
Recurso de reposición.
Recurso de alzada.
Recurso contencioso-administrativo.
Recurso económico-administrativo.