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1 - ¿Cuál es la principal característica que diferencia la tramitación de emergencia de la tramitación de urgencia en la contratación pública?
En la emergencia se requiere una motivación de la urgencia más exhaustiva.
Los plazos de ejecución son más estrictos en la tramitación de urgencia que en la de emergencia.
En la emergencia, el órgano de contratación puede ordenar la ejecución del contrato sin la obligación de tramitar un expediente administrativo previo completo ni la necesaria existencia de crédito suficiente.