Parte 13 - Preguntas tipo test - Funcionamiento de los Órganos Colegiados Locales

1 - ¿Quién puede convocar sesiones extraordinarias o urgentes de las Comisiones Informativas?
Únicamente el Alcalde o Presidente de la Corporación.
El Alcalde o Presidente de la Corporación o el Presidente de la propia Comisión.
Cualquier grupo municipal con representación en la Comisión.
2 - ¿Qué obligación tiene el Presidente de la Comisión ante la solicitud de convocatoria de una sesión extraordinaria por parte de sus miembros?
Está obligado a convocarla si lo solicita al menos la cuarta parte de los miembros de la Comisión.
Evaluar la urgencia del asunto antes de convocar.
Debe someter la solicitud a votación de la Comisión.
3 - ¿Cuál es el plazo de antelación general para la notificación de la convocatoria de las sesiones de las Comisiones Informativas?
Dos días hábiles.
Un día hábil.
Tres días hábiles.
4 - ¿Qué quórum se requiere para la válida celebración de las sesiones de las Comisiones Informativas en primera convocatoria?
La mayoría absoluta de sus componentes.
Un tercio de sus componentes.
La mayoría simple de sus componentes.
5 - ¿Qué regla se aplica en las Comisiones Informativas para la aprobación de los dictámenes en caso de empate en la votación?
Se considera rechazado el dictamen.
Se repite la votación en la siguiente sesión.
El Presidente decide con su voto de calidad.
6 - ¿Qué opciones tienen los miembros de una Comisión Informativa que no estén de acuerdo con el dictamen aprobado por la mayoría?
Pedir que conste su voto en contra o formular voto particular para su defensa ante el Pleno.
Presentar una enmienda al dictamen directamente en el Pleno.
Abstenerse en la votación del Pleno.
7 - ¿Bajo qué condición una Comisión Informativa puede deliberar sobre asuntos que, en principio, son competencia de otra?
Si la mayoría de los miembros de ambas comisiones lo acuerdan.
Únicamente si se trata de problemas comunes y se convoca una sesión conjunta por el Presidente de la Corporación a propuesta de los presidentes de las respectivas comisiones.
Con la autorización expresa del Alcalde o Presidente de la Corporación.
8 - ¿Quién puede ser requerido a comparecer en las sesiones de las Comisiones Informativas a efectos informativos?
Personal o miembros de la Corporación.
Únicamente personal al servicio de la entidad.
Cualquier ciudadano interesado en el asunto a tratar.