1 - ¿Cuál es el tratamiento protocolario de los Tenientes de Alcalde?
Ilustrísimo Señor/a.
Excelentísimo Señor/a.
Señor/a Concejal/a.
2 - ¿Cuál es la naturaleza de la colaboración de la Junta de Gobierno Local en la función de dirección política del Alcalde?
Es un órgano que ejerce la dirección política de forma autónoma.
Es un órgano consultivo con carácter no vinculante.
Es un órgano que colabora de forma colegiada bajo la presidencia del Alcalde.
3 - ¿Quién nombra y separa libremente a los miembros de la Junta de Gobierno Local, y cuál es el límite en cuanto al número de sus miembros?
El Pleno a propuesta del Alcalde; el número no puede exceder de la mitad del número legal de miembros del Pleno.
El Alcalde previa consulta a los portavoces de los grupos municipales; no existe límite en cuanto al número de miembros.
El Alcalde; el número no puede exceder de un tercio del número legal de miembros del Pleno, además del Alcalde.
4 - ¿Se permite que personas que no son concejales formen parte de la Junta de Gobierno Local?
Sí, siempre que su número no supere un tercio de sus miembros, excluido el Alcalde, y sus derechos económicos y sociales serán los de los miembros electivos.
No, todos los miembros deben ser concejales.
Sí, siempre que su número no supere la mitad de sus miembros, excluido el Alcalde.
5 - ¿Qué requisito se exige para la válida constitución de la Junta de Gobierno Local en relación con la condición de concejal de sus miembros presentes?
Que al menos la mitad de los miembros presentes sean concejales.
Que el número de miembros presentes que ostentan la condición de concejales sea superior al número de aquellos miembros presentes que no ostentan dicha condición.
Que la mayoría simple de los miembros presentes sean concejales.
6 - ¿Ante quién responde políticamente la Junta de Gobierno Local de su gestión?
Ante los ciudadanos en referéndum.
Ante el Pleno de forma solidaria.
Ante el Alcalde de forma individual.
7 - ¿A quién corresponde la Secretaría de la Junta de Gobierno Local y cuál es su función principal?
Al Secretario General del Pleno; su función principal es levantar acta de todas las sesiones.
Al miembro de la Junta de Gobierno Local de mayor edad; su función principal es coordinar el orden del día de las sesiones.
A uno de sus miembros que sea concejal, designado por el Alcalde; su función principal es redactar las actas de las sesiones y certificar sobre sus acuerdos.
8 - Menciona dos de las atribuciones que corresponden a la Junta de Gobierno Local.
La votación de la moción de censura y la cuestión de confianza.
La aprobación de los proyectos de ordenanzas y reglamentos (excepto los del Pleno y sus comisiones) y la aprobación del proyecto de presupuesto.
La aprobación definitiva del presupuesto y la modificación del reglamento orgánico del Pleno.