1 - ¿Qué principio fundamental debe respetar toda sesión del Pleno, ya sea ordinaria o extraordinaria?
El principio de unidad de acto.
El principio de participación ciudadana activa.
El principio de transparencia administrativa.
2 - ¿Qué ocurre con los asuntos no debatidos si una sesión del Pleno termina sin haber agotado el orden del día?
Deben incluirse en el orden del día de la siguiente sesión.
Se votan sin debate en la siguiente sesión.
Se consideran retirados del orden del día.
3 - ¿Quién tiene la potestad de acordar interrupciones durante el transcurso de una sesión del Pleno?
El Presidente, a su prudente arbitrio.
La mayoría simple de los miembros presentes.
El Secretario de la Corporación, a petición de los portavoces.
4 - ¿Cuál es la regla general respecto a la publicidad de las sesiones del Pleno?
Depende del tipo de asuntos que se traten.
Son secretas, salvo acuerdo en contrario.
Son públicas.
5 - ¿En qué casos puede ser secreto el debate y la votación de asuntos en el Pleno?
Cuando así se acuerde por mayoría absoluta si los asuntos pueden afectar al derecho fundamental a la intimidad personal y familiar.
Cuando lo solicite el público asistente.
Cuando afecten al derecho fundamental a la protección de datos personales.
6 - ¿Qué puede hacer el Presidente ante un asistente que impida el normal desarrollo de la sesión del Pleno?
Proceder a su expulsión en casos extremos.
Solicitar su identificación a las autoridades presentes.
Amonestarlo verbalmente en primer lugar.
7 - ¿Cómo se determina el orden de colocación de los grupos municipales en el salón de sesiones del Pleno?
Por sorteo al inicio de la legislatura.
De forma rotatoria en cada sesión.
Por el Presidente, oídos los portavoces, teniendo preferencia el grupo con mayor número de votos.
8 - ¿Cuál es el quórum necesario para la válida constitución del Pleno en primera convocatoria?
Un tercio del número legal de miembros, sin que nunca pueda ser inferior a tres, además de la asistencia del Presidente y el Secretario.
La mayoría absoluta del número legal de miembros.
La mitad más uno del número de miembros presentes.