Supuesto 1 - Examen Administrativo/a (2 plazas) Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón 2025

Supuesto práctico 1:

La Concejalía de Familia y Servicios Sociales del Ayuntamiento de XXX, municipio de la Comunidad de Madrid acogido al régimen de gran población, para llevar a cabo la previsión del programa electoral del equipo de gobierno decide licitar la redacción del proyecto de obras para la construcción del “Espacio de Ocio para personas con discapacidad”, con un valor estimado de 250.000 €, mediante procedimiento abierto simplificado, otorgando un plazo de 30 días para la presentación de ofertas.

A la fecha en la que se plantea la licitación del contrato referido, el Ayuntamiento XXX no tiene el Presupuesto aprobado, sino que está prorrogado el del ejercicio anterior. La aplicación presupuestaria correspondiente al gasto del contrato es la 01.2330.62206.

1 - Indique el tipo de contrato que pretende celebrar la Concejalía de Familia y Bienestar Social:
Contrato de servicios.
Contrato de obras.
Contrato de concesión de obras.
2 - ¿El procedimiento elegido por el Ayuntamiento de XXX para licitar este contrato se adecua a la legalidad?
No, teniendo en cuenta el valor estimado del contrato.
No, teniendo en cuenta el valor estimado y que se trata de un contrato que tiene por objeto los servicios sociales.
No, teniendo en cuenta el valor estimado del contrato el único procedimiento para adjudicarlo que podía haber utilizado el Ayuntamiento era el procedimiento abierto.
3 - ¿El plazo otorgado por el Ayuntamiento a los posibles licitadores se ajusta a lo previsto en el artículo 159 de la Ley de Contratos del Sector Público para el procedimiento simplificado?
No, debió otorgar un plazo de presentación de 35 días.
Sí, se ajusta a lo previsto en el citado artículo.
No, debió otorgar un plazo de presentación de ofertas de 15 días.
4 - En el Presupuesto del ejercicio anterior, prorrogado a la fecha, el crédito inicial de la aplicación 01.2330.62206 era de 50.000 euros; esta aplicación fue objeto de una modificación presupuestaria; concretamente en el mes de julio del año precedente se aprobó una transferencia de crédito, y se dotó a dicha aplicación de 300.000 euros más. Teniendo esto en cuenta, y que, a la fecha del presente ejercicio, no se ha utilizado nada del crédito de dicha aplicación ¿podemos entender que hay crédito suficiente en esa aplicación presupuestaria para el contrato previsto?
La prórroga del Presupuesto del ejercicio anterior es automática, y, de acuerdo al enunciado de la pregunta, en la aplicación hay 350.000 euros, por lo tanto, sí hay crédito suficiente.
Habrá que atenerse a lo establecido en las Bases de Ejecución del Presupuesto prorrogado, que es donde se regulan los créditos que se entienden disponibles en las aplicaciones objeto de modificación presupuestaria en el ejercicio anterior.
No hay crédito suficiente.
5 - Con el fin de atender el gasto, y, en el supuesto de que no hubiese crédito suficiente para el contrato, se ha propuesto utilizar un Anticipo de caja fija, o un Pago a justificar; al respecto ¿entiende que es posible?
El Anticipo de caja fija solo es para gastos repetitivos no para un contrato puntual; pero sería posible recurrir al Pago a justificar.
Si la Unidad gestora tiene asignado un Anticipo de caja fija, sí es posible acudir a esta figura para atender el contrato.
El Pago a justificar no es posible, porque el contrato no se ha adjudicado, y, en este caso hay que Autorizar y Disponer el gasto en acuerdos separados y previos al reconocimiento de la obligación y al pago.