Parte 4 - Cuestionario Técnico/a Superior Promoción Igualdad de Género Ayuntamiento de Torrent 17/09/2025

1 - De conformidad con lo que indica el artículo 69 del decreto 27/2023, 10 de marzo, del Consell, por el que se regula la tipología y el funcio- namiento de los centros, servicios y programas de servicios socia- les, y su ordenación dentro de la estructura funcional, territorial y competencial del sistema público Valenciano de Servicios Sociales, los centro mujer se consideran centros de atención primaria de ca- rácter especifico y se engloban en:
Centros de Día
Centros nocturnos
Centros residenciales de carácter convivencial.
Centros diurnos de carácter preventivo y/o ambulatorio.
2 - De conformidad con lo que establece el artículo 81 del decreto 27/2023, 10 de marzo, del Consell, por el que se regula la tipología y el funcionamiento de los centros, servicios y programas de servicios sociales, y su ordenación dentro de la estructura funcional, territorial y competencial del sistema público Valenciano de Servicios Socia- les, el acceso de una persona usuaria a un centro de atención secun- daria podrá efectuarse mediante:
Únicamente por orden judicial.
Por derivación exclusiva de la atención primaria especifica.
Por la comisión de prestaciones económicas.
Mediante su acceso directo al centro, sin la intervención previa de los servicios sociales de atención primaria
3 - El anexo I del decreto 27/2023, 10 de marzo, del Consell, por el que se regula la tipología y el funcionamiento de los centros, servicios y programas de servicios sociales, y su ordenación dentro de la es- tructura funcional, territorial y competencial del sistema público Va- lenciano de Servicios Sociales, especifica como personal profesio- nal de la unidad de igualdad las siguientes figuras profesionales:
Agentes de igualdad, profesional del trabajo social y técnico de in- tegración social.
Agentes de igualdad y promotores de igualdad, que, en su entorno, forman parte de la Xarxa Valenciana de igualdad a nivel autonó- mico.
Profesional del trabajo social, agente de igualdad, educador social y promotor de igualdad.
Psicólogo, profesional del trabajo social, profesional técnico de ani- mación sociocultural.
4 - Según el Anexo I del decreto 27/2023, 10 de marzo, del Consell, por el que se regula la tipología y el funcionamiento de los centros, ser- vicios y programas de servicios sociales, y su ordenación dentro de la estructura funcional, territorial y competencial del sistema público Valenciano de Servicios Sociales, qué objetivos se pretende con los planes de igualdad de las empresas:
Fomentar la igualdad de mujeres y hombres.
Diseñar acciones para fomentar el asociacionismo de mujeres y asesorar para la constitución de las asociaciones.
Informar y asesorar a empresas y entidades para la elaboración e implementación de planes de igualdad.
La a) y la c) son correctas.
5 - ¿En qué convención internacional se establece de forma contundente el mainstreaming de género como estrategia para hacer efectivo el principio de igualdad?
Bruselas 1994
Beijing, 1995
Tokyo, 1995
Viena, 1993
6 - ¿Qué es el mainstreaming de género?
Perspectiva de género
Perspectiva de sexo
Perspectiva de rol
Una teoría política
7 - Según la Real decreto 713/2010 de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos del trabajo. ¿Qué contenido debe incluir Los Planes de Igualdad para su registro?
Sólo medidas relacionadas con la conciliación de la vida laboral y familiar
Únicamente objetivos generales en materia de igualdad
Un Conjunto ordenado de Medidas Evaluables para alcanzar la Igualdad Real entre mujeres y hombres
Para tener un control sobre los Planes de igualdad en los Ayuntamientos
8 - ¿Qué tipo de Entidades pueden formar parte de la Xarxa Valenciana de Igualdad, como agentes Locales de Igualdad?
Sólo los grandes municipios de más de 100.000 habitantes
Exclusivamente, Organizaciones privadas sin ánimo de lucro
El Gobierno Autonómico
Los Ayuntamientos, Mancomunidades, Entidades Locales que desarrollen Políticas de Igualdad
9 - El II Plan Municipal de Igualdad de Oportunidades de Mujeres y Hombres de Ayuntamiento de Torrent tiene como principios rectores:
Igualdad de tarto y oportunidades, interseccionalidad y trasversalidad
Violencias machistas
Economía para la vida
Igualdad de tarto y oportunidades, interseccionalidad, trasversalidad, participación, colaboración, prevención y trasformación y suficiencia de recursos
10 - La Red Valenciana de Igualdad (RVI) es una iniciativa de la Generalitat valenciana que busca implementar políticas de Igualdad efectiva. ¿Cuál es su función principal?:
La formación en economía para mujeres empresarias
Orientación y Asesoramiento a mujeres, grupos, Entidades y Empresas para incorporar la perspectiva de género.
Gestión de subvenciones sólo para Ayuntamientos rurales
Dar Atención médica especializadas en Salud reproductiva